Hace poco revisé un artículo de opinión titulado ¿Un mundo sostenible? que había escrito hace unos 7 años después del primer triunfo de Donald Trump en las elecciones estadounidenses.
Ahí me quejé de que “La colaboración internacional está cediendo ante acuerdos transaccionales … en una época en que necesitamos acciones multilaterales y colectivas urgentes.” Concluí insistiendo en la necesidad de “… involucrar actores nuevos” y “… movilizar la opinión pública sobre todo de la juventud, y exigir—en caso necesario a través de demandas legales—compromisos y acciones concretos de nuestros gobernantes.”
Con 2024 terminando como el año más caliente desde que se mantienen registros y después del nuevo triunfo de Trump, no exactamente un creyente firme en la necesidad de acciones climáticas urgentes, me pregunto si efectivamente hemos avanzado en algo o si, al contrario, estamos retrocediendo. Un poco de los dos, pienso.
Con 2024 como el primer año calendario con una temperatura promedio global de 1.5°C por encima del nivel preindustrial y con una impresionante concentración de eventos climáticos extremos—de los que se denominan “una vez cada 100 años”—en los últimos años, parece que estamos transitando en dirección equivocada.
No obstante lo anterior, ¡hay esperanza! Hay casos recientes de importantes victorias legales en la lucha contra el cambio climático. Un ejemplo es la ONG neerlandesa Urgenda que logró uno de sus mayores triunfos en 2015, cuando un tribunal de La Haya falló a su favor, obligando al gobierno de los Países Bajos a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en al menos un 25 por ciento para 2020 en comparación con los niveles de 1990.
El fallo fue histórico porque fue la primera vez que un tribunal ordenó a un gobierno tomar medidas específicas para combatir el cambio climático. Este caso ha inspirado a otras organizaciones y ciudadanos en todo el mundo a utilizar el sistema judicial para exigir acciones climáticas más ambiciosas no solo de sus gobiernos sino también de empresas multinacionales como ilustran muy bien los siguientes casos.
Milieudefensie, también conocida como Amigos de la Tierra, Países Bajos, ha entablado un proceso legal significativo contra el Royal Dutch Shell. En 2021, un tribunal de La Haya falló a favor de Milieudefensie, ordenando a Shell reducir sus emisiones de CO2 en un 45 por ciento para 2030 en comparación con los niveles de 2019.
Este fallo también marcó un parteaguas dado que fue la primera vez que una empresa privada fue obligada judicialmente a alinearse con los objetivos del Acuerdo de París.
En noviembre de 2024, la Corte de Apelaciones de La Haya confirmó que Shell tiene la obligación de combatir el cambio climático peligroso y que Shell tiene un “deber de cuidado” basado en los derechos humanos y las leyes internacionales, lo que significa que debe tomar medidas significativas para reducir sus emisiones y proteger a las generaciones presentes y futuras.
Dicho fallo tiene implicaciones importantes: (1) Establece un precedente legal que podría aplicarse a otras grandes empresas contaminantes y (2) subraya que la protección contra el cambio climático peligroso es un derecho humano lo cual podría fortalecer futuros litigios climáticos basados en derechos humanos.
Además, la corte destacó que las grandes empresas no solo son responsables de reducir sus emisiones operativas, sino también las emisiones de sus productos. Esto implica que las empresas deben considerar toda su cadena de valor en sus esfuerzos de reducción de emisiones.
Otro ejemplo es la demanda contra la aerolínea KLM (2023) por “ greenwashing” (lavado de imagen climática), acusándola de engañar a los consumidores sobre sus esfuerzos para reducir las emisiones de carbono.
Estos casos reflejan una tendencia creciente en el uso de litigios para responsabilizar a las empresas por sus contribuciones al cambio climático y para exigir mayor transparencia y acción.
También ilustran la proactividad de la población joven quienes sienten la mayor urgencia y preocupación por nuestro planeta y su futuro. Ojalá y que la tendencia de usar (y reformar) el sistema judicial para fines políticos y partidistas en varios países del mundo no interfiere con dicha tendencia.
El autor es profesor del Departamento Académico de Contabilidad y Finanzas del Tecnológico de Monterrey.
Contacto: hsimons@tec.mx