Se postergaron los aranceles de nuevo y el presidente de los Estados Unidos, Trump, reevaluará qué hace con éstos el 2 de abril. Considero que en esa fecha, Trump podría modificar su postura en cuanto a aranceles e iniciar con una revisión temprana del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), como lo he comentado en este espacio (“Se postergaron los aranceles, ¿qué sigue?”, 18 de febrero). Parte del por qué Trump ha podido ‘jugar’ con los aranceles tiene que ver con su forma de negociar, en este caso, amenazando con herramientas de política comercial, para lograr objetivos no comerciales. Tal es el caso de los otros dos temas en la agenda bilateral en materia de seguridad y migración, en donde el gobierno de la presidenta Sheinbaum ha sido muy cooperativo, con incentivos bien alineados entre ambos países. Esto debe de tener un valor para el gobierno de EU, máxime que desean tener ciertos resultados muy rápido y podría propiciar que no se impongan aranceles o al menos se tenga una actitud proteccionista menos agresiva.
Ahora bien, a pesar de que considero que no se instrumentarán aranceles, es importante saber cómo se puede evaluar su impacto. En este sentido, he escuchado a varios colegas economistas, en México y otras partes del mundo, decir “…con un arancel generalizado de 25 por ciento, el PIB de México se puede contraer 2.0 por ciento en 2025 y otro tanto más en 2026…”. En la mayoría de las ocasiones me parece exagerado. Al parecer, el uso de medidas proteccionistas está tan fuera de moda desde hace tantos años, que los modelos que se desarrollaron para medir el impacto de aranceles no toman en cuenta aspectos básicos como la flexibilidad del régimen cambiario del país afectado, así como su capacidad retaliatoria. Por ejemplo, supongamos que una empresa en el estado de Oklahoma importa jitomates de Sinaloa a un precio de 25 pesos mexicanos el kilo, que en dólares sería 1.25 por kilo, con un tipo de cambio peso-dólar de 20.00. Si el gobierno estadounidense le impone un arancel de 25 por ciento a ese producto y la empresa decide venderlo sin margen y puede transferir todo el impuesto al consumidor, en teoría el precio del jitomate debería de aumentar de 1.25 a 1.56 dólares el kilo (1.25 x 1.25 = 1.56).
Si generalizamos este incremento a todos los productos, entonces, aunque sea un incremento “de una sola vez” en precios, los aranceles pueden generar presiones inflacionarias de corto plazo en los Estados Unidos. Regresando al ejemplo de la empresa en Oklahoma, ésta podría comprar los jitomates a otro proveedor en otro país al que no se haya impuesto dicho arancel, presionar a la empresa que vende el jitomate a ofrecerle un menor precio o comprar jitomate de menor calidad a la misma empresa en Sinaloa o a otras empresas en México. Esto puede provocar una desaceleración o de plano una caída de las exportaciones de jitomate de México a los Estados Unidos y por lo tanto una desaceleración económica en México en este sector.
De nueva cuenta, si generalizamos a todos los sectores, esto puede provocar una desaceleración significativa o inclusive una recesión en México. Adicionalmente y mucho más importante en mi opinión, el hecho de que el gobierno de los Estados Unidos haya impuesto un arancel generalizado a su principal socio comercial, provoca incertidumbre sobre la validez del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), cuyo marco regulatorio –prácticamente al nivel de la Constitución en el caso de México–, ha servido para fomentar un sinnúmero de inversiones. De esta manera, es muy factible que se posterguen o inclusive se cancelen inversiones. Modificar una ley o un tratado cuyo fin es dar certidumbre a inversiones de mediano y largo plazo reduce su eficacia, máxime si se modifica a escasos años de haber sido aprobado.
Por el lado del tipo de cambio, hay que destacar que el régimen cambiario de México es de los más flexibles del mundo. Retomando el ejemplo de la empresa en Oklahoma que compra jitomate a 25 pesos el kilo, con un tipo de cambio de 20.00 pesos por dólar, antes del arancel. Si EU impone un arancel generalizado de 25 por ciento, considero factible que el tipo de cambio se deprecie alrededor de 25 por ciento. Es decir, que se ubique en 25.00 pesos por dólar. Entonces, si la empresa importadora de Oklahoma pagaba el kilo de jitomate en 1.25 dólares antes del arancel, ahora con la imposición del y la depreciación del peso frente al dólar, la empresa va a pagar lo mismo: 1.25 dólares el kilo. ¿Por qué? Porque el kilo de jitomate a 25 pesos por kilo, a un tipo de cambio de 25.00 pesos por dólar ahora se encuentra en 1.00 dólar por kilo (1.25 / 25.00 = 1.00), más el arancel de 25 por ciento, queda 1.25 dólares por kilo (1.00 x 1.25 = 1.25) y no en 1.56 dólares, como se mencionó al inicio de este espacio. Este es un ejemplo muy simple y en muchas ocasiones los precios que se pactan son directamente en dólares, por lo que podrían implicar un descuento de parte de los exportadores mexicanos, así como una transferencia de estos mayores costos a los consumidores en EU. Sin embargo, considero que cumple su propósito para ilustrar la importancia de un régimen de tipo de cambio flexible en estos momentos. De esta manera, considero que los efectos directos en el corto plazo pueden ser absorbidos por el régimen cambiario y aunque sea parcialmente contrarrestados por la capacidad retaliatoria y cooperativa de México esto no salva a México de los efectos de largo plazo que puede tener la imposición de aranceles, ya sea positivo (si no se imponen y se elimina la incertidumbre del T-MEC) o negativo. Todo esto independientemente de si el propio Estados Unidos cae en una recesión por culpa de los aranceles, como hace casi cien años con la instrumentación de la política Smoot-Hawley, como algunos participantes de los mercados empiezan a sospechar.