Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) que prohibía la realización de eventos de proselitismo, previo a la elección judicial.
El TEPJF ordenó al INE que, en un breve plazo, emita nuevas respuestas debidamente fundadas y motivadas, conforme a los estándares constitucionales y legales, destacando la necesidad de justificar de forma clara la aplicación de reglas específicas, a formatos de eventos cuya naturaleza es distinta.
La Sala Superior resolvió el expediente SUP-JE/162/2025 y acumulados, en el que se impugnó el acuerdo INE/CG358/2025, el cual establecía que las mesas de diálogo y los encuentros debían regirse por las mismas reglas aplicables a los foros de debate, incluyendo la exigencia de una participación mínima del 50 por ciento de las candidaturas.
Durante la discusión, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera argumentó que el INE incurrió en una interpretación extensiva e indebida al equiparar dichos formatos, lo que, en su opinión, vulnera los principios de legalidad, seguridad jurídica y literalidad interpretativa, al aplicar por analogía reglas que no corresponden a la naturaleza específica de cada tipo de evento.
El magistrado explicó que los foros de debate tienen una finalidad confrontativa, orientada a contrastar posturas entre candidaturas; en cambio, las mesas de diálogo privilegian la reflexión y el intercambio de ideas, mientras que los encuentros tienen un carácter más flexible e informal, centrado en la interacción directa con distintos sectores de la ciudadanía.
A su juicio, aplicar el requisito del 50 por ciento de participación mínima a todos los formatos resulta desproporcionado y restrictivo, pues desconoce sus diferencias estructurales y funcionales, y limita el ejercicio de derechos como la libertad de expresión, el acceso a la información y el derecho a ser votado. También señaló que el criterio adoptado por el INE genera incertidumbre normativa y contradice lineamientos previamente emitidos por la propia autoridad electoral.
Asimismo, enfatizó que en un proceso electoral como el actual, en el que las candidaturas no cuentan con acceso a radio ni televisión, ni pueden pautar propaganda, resulta indispensable garantizar medios alternativos de comunicación política, como entrevistas, foros, mesas de diálogo y encuentros, siempre que se respete la legalidad.