Si al terminar la declaración anual de impuestos te queda un saldo a favor, puedes solicitarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT) una devolución; sin embargo, en ciertos casos toma tiempo o debes tramitar documentos para que tengas tu dinero de regreso.
Las personas morales tienen hasta el 1 de abril para realizar su declaración anual, mientras que las personas físicas tienen hasta el 30 de abril próximo. En ambos casos, es posible recibir una devolución de impuestos, siempre y cuándo no se supere cierta cantidad y como contribuyente tengas actualizados tus datos.
Con el inicio de la declaración anual correspondiente al año fiscal 2024, estos son algunos datos que debes tener en cuenta por si tienes un saldo a favor y cómo recibirlo.
¿Qué es la devolución de impuestos del SAT?
De acuerdo con BBVA, la devolución de impuestos es la posibilidad de recibir dinero que se haya pagado de forma indebida, “así como el saldo a favor que haya resultado de la declaración de impuestos en el ejercicio fiscal que fue declarado“.
Devolución de saldo a favor del SAT: ¿De dónde viene el dinero?
El dinero que queda como saldo a favor tras tu declaración anual ante el SAT proviene de tus deducciones personales, es decir, gastos que puedes facturar ante Hacienda y que te ayudan a deducir impuestos.
Los gastos que puedes deducir ante el SAT son:
- Gastos médicos: Van desde honorarios médicos hasta servicios de dentista, nutriólogo, psicólogo, nutrición, gastos por discapacidad, medicinas incluidas en facturas, análisis clínicos y hasta lentes ópticos graduados.
- Gastos funerarios.
- Donativos.
- Colegiaturas de escuelas del preescolar al bachillerato.
- Gastos de transporte escolar.
- Aportaciones complementarias para el retiro.
- Primas de seguros de gastos médicos.
- Créditos hipotecarios.
Para obtener la deducción de impuestos debes facturar los servicios adquiridos durante el año fiscal. Además, el pago de estos servicios se debe hacer a través de una transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominal.
Declaración anual 2025: ¿En qué casos no aplica la devolución automática?
De acuerdo con el SAT, los contribuyentes tienen derecho a una devolución automática de su saldo a favor; sin embargo, en estos casos es posible que la devolución demore o tengas que hacer otros trámites para obtenerla:
- Si tu saldo a favor supera los 150 mil pesos.
- Si a lo largo del año obtuviste ingresos por “bienes o negocios en copropiedad”.
- Si durante el año fiscal estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Si tu domicilio fiscal ante el SAT se encuentra como “no localizado”. La única excepción en este caso es para quienes están en el régimen de sueldos y honorarios.
- Si tu solicitud de devolución no corresponde al año fiscal 2024, sino a años anteriores.
- En caso de que presentes tu declaración utilizando tu contraseña y estabas obligado a presentarla con tu e.firma.
- En caso de que no elijas la opción de devolución al terminar tu declaración anual.
- Si presentas tu declaración después del 31 de julio próximo.
- Si presentaste tu solicitud de devolución mediante el formato único de devoluciones previo a la obtención del resultado de la declaración que hubieres ingresado a la facilidad administrativa.
- En caso de que tengas certificados de sellos o firmas revocadas, además de que estés en la relación de contribuyentes incumplidos del SAT.
- Si solicitas la devolución a través de comprobantes expedidos por contribuyentes que se encuentren dentro del listado de incumplidos del SAT.
SAT: ¿En qué casos sí aplica la devolución automática de tu saldo a favor?
De acuerdo con el portal del SAT, los casos en los que sí aplica la devolución de tu saldo a favor tras la declaración anual son:
- Si accediste al portal del SAT con tu contraseña y tu saldo a favor es menor a 10 mil pesos.
- Si accediste al portal del SAT con tu contraseña, tienes una cuenta CLABE precargada y tu saldo a favor es de entre 10 mil y 150 mil pesos.
- Si accediste al portal del SAT con tu e.firma y tu saldo a favor es de entre 10 mil y 150 mil pesos.
- En todos los anteriores casos, es importante que no estés en la lista de contribuyentes incumplidos.
Gánale al SAT: ¿Qué hacer si no recibes la devolución automática de tu saldo a favor?
Si no recibes la devolución automática de tu saldo a favor y cuentas con los requisitos, sigue estos pasos:
- Entra al nuevo portal del SAT en este enlace.
- Da clic en “declaraciones para personas” o para “empresas”, según sea el caso.
- Da clic en el apartado de devoluciones y compensaciones, y posteriormente elige la parte de “más información”.
- Selecciona la opción “solicita tu devolución” y posteriormente elige la que te corresponda, que en el caso de las personas físicas es el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
- En cada una de las alternativas, el SAT te indicará qué pasos que debes seguir y los documentos que necesitas para obtener tu dinero.
Devolución de impuestos: Requisitos y documentos necesarios
Para obtener tu devolución de impuestos en línea tras la declaración anual del SAT, debes estar al día con estos documentos:
- e.firma.
- RFC.
- Contraseña para el portal del SAT.
El SAT también ofrece la posibilidad de hacer el trámite en sus oficinas, pero necesitas agendar una cita en el portal del SAT y llevar los documentos solicitados.
La devolución de tu saldo a favor puede demorar hasta 40 días hábiles.